viernes, 20 de mayo de 2011

Córdoba: Tribunal Superior ordenó cesar descuentos a presos

La Justicia sentenció que no se debe hacer retención en el pago a los reclusos (LaVoz/Archivo)

El máximo órgano judicial declaró inconstitucional un artículo de la ley 24.660 que avala las retenciones.

La retención en la retribución que los internos de los penales perciben por su trabajo para atender sus gastos de manutención en prisión fue anulada por el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) al declarar la inconstitucionalidad del artículo 121 inciso C de la ley 24.660 que la autoriza.

Por ello ordenó cesar los descuentos en los pagos al interno Juan Antonio Marigliano. “Si el trabajo carcelario es considerado un derecho y un deber de los condenados, debe ser remunerado y debe respetar la legislación laboral (art. 107 de la ley 24.660), no parece razonable ni equitativo que su retribución –de la cual ya se deducen los aportes para la seguridad social y las demás obligaciones previstas en el art. 121– se vea disminuida para su propia manutención, puesto que ello es una obligación que tiene el Estado”.

Avaló el criterio de la Sala IV de la Cámara Nacional de Casación Penal cuando señaló que la obligación del Estado de brindar determinados servicios al interno durante su estadía intramuros no puede quedar limitada ni desaparecer, porque éste comience a percibir una remuneración por el trabajo desarrollado.

Agregó que otra solución provocaría un trato desigual entre los condenados puesto que “los que no trabajan porque no pueden o no quieren y los que trabajan en condiciones de atenuación del encierro son sostenidos por el Estado, mientras que quienes desarrollan labores sí están sometidos a dichos descuento y, sin embargo, todos están alojados en iguales condiciones”.

Obligación del Estado

Para la Justicia, “la obligación del Estado de brindar determinados servicios al interno durante su estadía intramuros no puede quedar limitada ni desaparecer por la circunstancia de que éste comience a percibir una remuneración como producto del trabajo desarrollado”.

Fuente: http://www.lavoz.com.ar/ciudadanos/tribunal-superior-ordeno-cesar-descuentos-presos#

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